El tratado fue ratificado por el legislador colombiano en vigencia de la constitución de 1. Debido a la intrínseca movilidad de buques y embarcaciones, desde hace siglos se han establecido mecanismos para poder ejercitar sobre ellos los derechos de crédito, estén donde estén. No obstante, el rango que establece legalmente la Decisión Prestamos Search For Prestamos Now Prestamos Inmediatos 2. El estatuto mercantil colombiano no trae un concepto ni lista de seguro de créditos marítimos marítimos como lo hace la Decisión de 2. La prelación de los privilegios a los créditos marítimos que establece el artículo 24 en armonía con el 22 de la Decisión de 2. El seguro marítimo es pionero en el campo de los seguros en general, los primeros riesgos asegurados fueron los de la navegación, los estudiosos de la historia sitúan su origen en la Edad Media como consecuencia del .. Manténgase conectado de forma no parada gracia nuestros paquetes ofrecen créditos entre. El seguro marítimo, como todas las instituciones del derecho ha evolucionado de forma internacional, se materializa en un documento llamado póliza y se .. El seguro es un mecanismo de transferencia de riesgos que sirve como garantía del crédito, es un factor de seguridad y un importante fondo para la inversión.n. 21 Dic Convenio de Londres Protocolo de Londres de Ley Navegación Marítima. -Los créditos marítimos. 7- Los Abordajes y su prevención. Supuestos en los que puede tener lugar un abordaje y los tipos. Reglas y rumbo de Gobierno. Maniobras para evitar el abordaje. Seguro de créditos marítimosEl examen de la prueba nos lleva a la conclusión de que las funciones de primer patrón las desempeñaba el Sr. El mandatario y el comisionista: Apenas ofrece algunos artículos en donde: Esta altísima cifra de suma asegurada, como los 1. Eugenio y que la titulación de éste patrón de costa polivalente , resultaba suficiente. Eugenio en el puente. SEGUROS DE TRANSPORTES MARITIMOS Seguro de las mercancías: Causación dolosa del siniestro En primer lugar, los hechos relativos al incremento de la suma asegurada en la novación del contrato el España es parte de todos estos convenios salvo del Convenio de Nairobi. Las condiciones marítimas y meteorológicas, y los medios empleados para el salvamento de la tripulación, vid. La emisión por el asegurador o garante de un documento acreditativo del seguro o garantía. Eugenio tan sólo poseía la titulación de patrón costero polivalente, que tan seguro de créditos marítimos habilita para la navegación a 60 millas de la costa; y b que el Sr. Así, se crea una dualidad de perjudicados:. El seguro de desempleo involuntario involuntary unemployment insurance , también conocido como seguro por pérdida involuntaria de ingresos, paga las cuotas de su préstamo si pierde el trabajo por motivos ajenos a usted y su desempeño en el empleo, como por ejemplo un despido o reducción de personal. El seguro de propiedad en garantía de crédito credit property insurance , es aquel que protege la propiedad personal utilizada para garantizar el préstamo en el caso de que la propiedad en garantía fuera destruida por motivos tales como robo, accidente o desastre natural. Antes de decidir sobre la compra de un seguro de crédito ofrecido por un prestador, piense en sus necesidades, sus opciones y las tarifas que va a pagar. Usted puede decidir que no necesita un seguro de crédito. Si llega a la conclusión de que sí lo necesita, sepa que el seguro de crédito es una variante cara del seguro. Antes de decidir sobre la compra de un seguro de crédito, usted debe de preguntar:. Si usted no desea seguro de crédito, dígaselo al prestador. Las entidades de préstamo no pueden denegarle crédito si usted no compra un seguro de crédito opcional y tampoco si no se lo compra directamente a ellos. Los consumidores deberían hacer estas mismas preguntas respecto de los otros productos extras ofrecidos junto con un préstamo, tales como clubes de compra o automovilísticos, planes de seguridad de vivienda o automóviles y productos de cancelación de deuda. La Comisión Federal de Comercio Información para consumidores consumer. View this page in English. Información relevante Buscando una hipoteca Informes de crédito gratuitos Puntajes de crédito Ofertas de crédito y seguro pre-aprobadas. Recomendaciones para comparar y comprar Antes de decidir sobre la compra de un seguro de crédito ofrecido por un prestador, piense en sus necesidades, sus opciones y las tarifas que va a pagar. Antes de decidir sobre la compra de un seguro de crédito, usted debe de preguntar: Provengan del deudor o de su causante que constituyan plena prueba contra él. En segundo lugar y retomando lo que se dijo supra , como la norma andina no regula el aspecto probatorio de los créditos marítimos o navales, el cual es como se dijo un aspecto procesal, debe acudirse a la ley procesal nacional colombiana. Esa ley procesal se encuentra en los diferentes cuerpos normativos procesales patrios. Cabe si aclarar que el código de Comercio en el artículo 1. En tercer lugar como quiera que la Decisión CAN regula una parte y la legislación nacional otro tanto, lleva a que el proceso ejecutivo por créditos marítimos se sui generis y sui juris , con matices de procedimiento interno e internacional. Ello es así por cuanto la parte sustancial del derecho marítimo relacionada con los créditos marítimos debe brevar de la norma de la CAN estudiada y el aspecto probatorio milita en la norma procesal patria, primero en el Código de Procedimiento Civil a partir del artículo que señala los medios de prueba legalmente aceptados a saber: Así se concluye que aquellos créditos que no se pueda lograr su existencia documentaria desde el punto de vista probatorio, como en el caso de contratos verbales, ha de acudirse a otros medios de prueba dentro de los ya mencionados que den cuenta del buen derecho que se alegue; existe libertad probatoria siempre que se pretenda incoar cualquier tipo de proceso para demostrar un crédito, incluso el ejecutivo para la ejecución forzosa. Se cree en este estudio que puede incluso constituirse un título complejo para la ejecución forzosa del buque. Pero en este punto de la prueba del crédito marítimo para la ejecución forzosa entra el debate académico: Este argumento encuentra su contestatario y contradictorio en que la norma de la CAN no establece que deba probarse el crédito ni por cual medio, y que por ello existe libertad probatoria. Se suma que si se busca la declaración del crédito primero por medio de decisión judicial para después lograr la ejecución de ese fallo se estaría per se frente a una situación contradictoria con la misma norma de la CAN en cuanto al embargo preventivo que regula dicha disposición ya que no se puede usar ésta figura para ejecutar un fallo u otro documento ejecutorio. Debería Colombia tomar nota de la legislación marítima comercial venezolana a fin de lograr por emulación ajustada a nuestras necesidades una ley que regule los créditos navales, su prueba, su ejecución e incluso los jueces competentes para su conocimiento. Nótese incluso que, en Caracas existe un Tribunal de primera instancia marítimo con competencia nacional y sede en dicha ciudad encargado de resolver los asuntos de la especialidad marítima. Zambrano Muñoz, que se cita en este estudio. Ni la legislación patria que existe hasta la fecha, ni el Convenio Internacional sobre los Privilegios Marítimos y la Hipoteca Naval de y mucho menos la Decisión de 2. MSc en Administración Portuaria Wales. M en Derecho Marítimo Wales , deben ser traídas a colación en este punto para mayor ilustración del tema:. Así, las características de los Privilegios son: El artículo 21 de la Decisión de 2. A su vez, la misma Decisión de 2. Los créditos por indemnizaciones por muerte o lesiones corporales sobrevenidas en tierra, a bordo o en el agua, en relación directa con la explotación del buque;. Los créditos por derechos de puerto, de canal y otras vías navegables y practicaje;. Los créditos nacidos de culpa extracontractual por razón de la pérdida o el daño materiales causados por la explotación del buque, distintos de la pérdida o el daño ocasionados al cargamento, los contenedores y a los efectos del pasaje transportados a bordo del buque [11]. El código de comercio de Colombia, por su parte, en su artículo 1. Los impuestos y costas judiciales debidos al fisco, que se relacionen con la nave. La remuneración que se deba por salvamento y asistencia y la contribución a cargo de la nave en las averías comunes. Las indemnizaciones por abordaje u otros accidentes de navegación. Indemnizaciones por daños causados en las obras de los puertos, muelles y vías navegables. Las sumas debidas por el armador, por trabajos, mano de obra y suministros utilizados en la reparación y aprovisionamiento de la nave en el puerto de armamento, si hubiere navegado [12]. Respecto de este punto, esta investigación se inclina por creer que debe aplicarse la normativa andina de preferencia, Decisión de 2. Ahora cabe preguntarse cuales serían los numerales del artículo en mención del Código de Comercio que riñen con la norma andina en comento. La legislación interna debe ceder frente a la legislación internacional subregional de la CAN. Las razones que asisten para esta inclinación doctrinal encuentran asidero en lo normado inicialmente en la Constitución Política de Colombia, así:. Y esto también es así por cuanto el artículo superior, siguiendo el pensamiento de Simón Bolívar , reza que: El otrora pacto andino , hoy, comunidad andina de naciones CAN , se adoptó por los países constitutivos mediante un tratado que fue ratificado al interior de los Estados miembros. Tanto el primigenio, como el Acuerdo modificatorio. El tratado fue ratificado por el legislador colombiano en vigencia de la constitución de 1. Luego, el acuerdo de integración regional es legal al interior del estado colombiano, por lo que, imperito resulta entonces, desde el punto de vista constitucional, observar sus principios y normatividad que le asegure efectividad a los objetivos integracionistas [14]. Ejemplo de ello, puede referirse en términos generales al colapso sufrido por la antigua U. Pero el abogado colombiano en comento no se queda ahí, sigue haciendo énfasis sobre la necesidad integracionista de los países latinoamericanos y del Caribe que. Ciertamente, el fenómeno de globalización conlleva una crisis en las fuentes del derecho interno e internacional privado, puesto que, la manera de hacer los negocios han cambiado. Por ejemplo, el mundo de la Internet , la tecnología de punta, etc. El mundo globalizado pone en jaque los viejos conceptos de soberanía , territorialidad, seguridad jurídica y autoridad natural para resolver los conflictos civiles en un mundo globalizado, que sin duda, busca unificar al derecho privado, con mejores resultados desde el punto de vista internacional que en el derecho interno. En mi opinión, la globalización es excluyente no incluyente, por lo que, la responsabilidad de los gobiernos es grande frente al ideal del desarrollo, pues, deben visionar el mundo mercantil y las nuevas formas de hacer negocios con miras a poder integral dichos escenarios económicos [16]. Por ultimo, el fenómeno de la globalización nos arrastra a asimilar nuevos paradigmas jurídicos y nuevas estructuras jurídico- políticas , alrededor del common law, pues, estos principios y valores del derecho consuetudinario son los que imperan en el derecho internacional privado, sobre el cual constituye el eje integracionista. Desde luego, que existe una pugna entre el derecho positivo tradicional romano-germano y el derecho anglosajón, la cual se resuelve a través del derecho internacional privado, que obliga a los cambios internos nuevos sistemas de fuentes [17]. Otra razón que respalda la posición arriba citada en esta investigación es que, como se dijo, la misma constitución política de Colombia establece la integración latinoamericana y del Caribe y autoriza la creación y adhesión del país a organismos supranacionales y, si la misma carta al rezar que es norma de normas prevalece frente a cualquier otra disposición legal no puede entonces dejar de aplicarse las normas integracionistas de la CAN en materia de créditos navales y embargo preventivo por aplicarse el Código de Comercio en lo pertinente, siendo éste un mero Decreto, y menos el artículo 14 de la Ley de 2. Aquí, es oportuno señalar que, el artículo 14 de la citada ley de 2. Nótese al respecto que la Ley de 2. Y el artículo 14 de de dicha ley no guarda relación con la misma ya que trata de decir en que momento se ha de aplicar la norma andina y en que otro el Código de Comercio de acuerdo con el tonelaje de las naves. Y en sentencia C — de 2. De esas disposiciones se desprenden tres condiciones que integran el principio: Finalmente, no resultan admisibles las modificaciones que se introduzcan a un proyecto de ley durante los debates en el Congreso y respecto de las cuales no sea posible establecer esa relación de conexidad. La valoración conjunta de todos esos elementos permite inferir si una norma constituye el desarrollo de la materia de la ley de que hace parte". Por otro lado, si bien es posible que el curso de los debates se introduzcan modificaciones o adiciones a los proyectos , en aplicación del principio de unidad de materia, las mismas no pueden ser ajenas a la materia del proyecto. En ocasiones, como resultado de los cambios que el proyecto sufre a lo largo de los debates, es. Pero ello sólo es admisible cuando se trate de incorporar en el título modificaciones que en si mismas preserven el principio de unidad de materia, sin que, tal como la ha señalado la Corte, baste con modificar el titulo de un proyecto, de modo que queden comprendidas en él modificaciones en el articulado que no guardan relación alguna de conexidad con la materia propia del proyecto de ley, para entender que se ha satisfecho con el principio de unidad de materia. En tal evento, ha dicho la Corte, se habría evitado una eventual violación del artículo de la Constitución, en cuanto que existiría correspondencia entre el contenido de la ley y el título de la misma, pero no se subsanaría el desconocimiento de la exigencia de unidad de materia. El principio de unidad de materia, como de manera reiterada lo ha señalado la Corte, obedece, entre otras finalidades, a las de permitir, tanto la transparencia, como la coherencia del debate. En el primer caso se trata de evitar que se aprueben como parte de una ley, normas, que se hayan introducido de manera subrepticia o sorpresiva y sobre las cuales no se ha surtido un verdadero debate. Así, bien sea desde el proyecto original o en modificaciones posteriores, pueden incorporarse normas que no tienen relación con la materia propia del proyecto, que pasan por consiguiente desapercibidas, sin que sobre las mismas se presente discusión alguna y sin que, con frecuencia, exista conciencia sobre su verdadero alcance. En el segundo caso se busca que la tarea legislativa se concentre en asuntos específicos definidos por el propio Congreso, de manera tal que el debate se desarrolle en torno a un hilo conductor que le de sentido y no sobre materias aisladas y carentes de conexidad. En ese caso el debate no sería coherente [21]. Así las cosas, a pesar de no estar demandada la inexequibilidad de ese artículo ha de inaplicarse por vía de insubsistencia o por vía de excepción de inconstitucionalidad. Por su parte la Ley 57 de 1. Amén de ello ha de decirse que las normas andinas por ser subregionales son especiales frente a tratados internacionales como el denominado Convenio Internacional sobre los privilegios marítimos y la hipoteca naval de 1. No se trata propiamente de que la norma comunitaria posterior derogue a la norma nacional preexistente, al igual que ocurre en el plano del derecho interno, puesto que son dos ordenamientos jurídicos distintos, autónomos y separados, que adoptan dentro de sus propias competencias formas peculiares de crear y extinguir el derecho, que por supuesto no son intercambiables. Hay — se ha dicho — una ocupación del terreno con desplazamiento de las normas que antes lo ocupaban, las cuales devienen inaplicables en cuanto resulten incompatibles con las previsiones del derecho comunitario "preemtion" [24]. A continuación miraremos que la norma de la ley de 2. Solo basta ver la definición de buque para ello. El diccionario Pequeño Larousse ilustrado, siguiendo la Real Academia de la Lengua Española dice que buque es un "barco de gran tamaño propio para navegaciones de importancia" [25]. Y también dice que es sinónimo de barco. La misma obra enseña que nave es un "barco o embarcación" [26]. El Estatuto mercantil colombiano en su artículo 1. Y eso se intelige de la misma intención regulatoria del legislador mercantil, el capítulo donde se encuentra situada las normas sobre la materia y su desarrollo mismo. Por su parte la Decisión de 2. A pesar de ello, esa definición de la Decisión de 2. Toda construcción flotante apta para navegar, cualquiera que sea su tipo, clase o dimensión" [29]. Esa lex mercatoria renaciente en nuestros días se impone como un "nuevo" orden jurídico que es necesario seguir y al cual Colombia no debe relegarse. Los privilegios marítimos son accesorios al crédito marítimo que garantizan, razón por la cual su vida jurídica principia y finiquita con ellos. Se sigue el principio jurídico de que lo accesorio sigue la suerte de lo principal. Así lo informa el artículo 27 de la Decisión de 2. Si el crédito termina, lo hace de igual forma el privilegio [34]. No obstante, el rango que establece legalmente la Decisión de 2. Desde el momento en que haya terminado el enrolamiento del acreedor a bordo del buque, respecto del privilegio marítimo a que se refiere el inciso primero del Artículo 22;. Desde la fecha de nacimiento de los créditos que garantizan los privilegios marítimos a que se refieren los incisos dos al a cinco del Artículo 22 [36]. En cuanto al primer numeral: Desde ese instante se extingue el privilegio y pasa el crédito a ser uno marítimo ordinario, sin preferencia frente a otros créditos marítimos de los enlistados en el artículo primero de la Decisión de 2. Los créditos por indemnizaciones por muerte o lesiones corporales sobrevenidas en tierra, a bordo o en el agua, en relación directa con la explotación del buque; Los créditos por la recompensa pagadera por el salvamento del buque; Los créditos por derechos de puerto, de canal y otras vías navegables y practicaje; y, Los créditos nacidos de culpa extracontractual por razón de la pérdida o el daño materiales causados por la explotación del buque, distintos de la pérdida o el daño ocasionados al cargamento, los contenedores y a los efectos del pasaje transportados a bordo del buque [37]. Los privilegios marítimos de que trata el artículo 22 de la Decisión de la CAN presentan el siguiente orden sucesivo y enumerativo de prelación:. A su vez, el nacimiento del crédito por salvamento acaece el día en que ha finalizado la respectiva actividad de salvamento. Por ejemplo, si sucedieron diferentes salvamentos que finalizaron en fechas: A su vez el salvamento efectuado el día veinte de Enero de 2. Al segundo numeral que trata sobre prelación de créditos privilegiados se anota lo siguiente: Los créditos del numeral segundo, los cuales son créditos debidos por indemnizaciones por muerte y los créditos debidos por lesiones corporales ocurridos en relación con la explotación del buque concurren de igual guisa a los anteriores. Ídem sucede con los créditos nacidos de culpa extracontractual o responsabilidad civil extracontractual por razón de la pérdida o el daño materiales causados por la explotación del buque a excepción de aquellos que se originen por pérdida o daño ocasionados al cargamento, contenedores y efectos del pasaje transportados a bordo de la nave. A su vez los del numeral primero prefieren a los del numeral segundo, los del segundo al cuarto y estos a los del quinto de dicho artículo. Esa prelación por vía de interpretación legal se encuentra sustentada en el artículo quinto de la Ley 57 de 1. Pero, de cara al orden de prelación que de los privilegios marítimos hace la Decisión de 2. Eso parece chocar con lo que desde otrora se ha venido enseñando en las academias de derecho, sobre las conquistas del derecho social o laboral. La prelación de los privilegios a los créditos marítimos que establece el artículo 24 en armonía con el 22 de la Decisión de 2. Aquellos créditos por la recompensa pagadera por el salvamento del buque, seguidamente los créditos por concepto de acreencias laborales incluidos los aportes a la seguridad social y gastos de repatriación, de ser del caso, debidos a la gente de mar en virtud de su enrolamiento y que se hayan causado con anterioridad al embargo preventivo o la ejecución forzosa.
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